Participación en el proceso de Consulta Previa del proyecto de reglamento de la Ley de Cambio Climático
Texto publicado originalmente en Boletín del Grupo Regional de Género y Extractivas Año 2, Nº 6, Octubre 2019.
En el 2016, frente a la crisis climática que vivimos a nivel global, el Perú suscribe el Acuerdo de París y publica un Plan de Acción en Género y Cambio Climático (PAGCC) que admite que “el cambio climático tiene impactos diferenciados en hombres y mujeres, y que sus efectos tienden a acentuar la desigualdad social y especialmente la de género”[1] . En 2018, la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología del Congreso de la República del Perú aprueba el Dictamen del Proyecto de Ley N°30754 Ley Marco sobre Cambio Climático, promulgado ese mismo año. El proceso de construcción de la reglamentación de la ley se da dentro de un espacio de participación indígena denominado “Dialoguemos sobre el Reglamento de la Ley Marco sobre Cambio climático”, promovido por el Ministerio del Ambiente (MINAM). En agosto de ese mismo año, las organizaciones indígenas remitieron una carta al MINAM saludando el proceso participativo, pero precisando que este no sustituye la realización de la Consulta Previa Libre e Informada, solicitando así su desarrollo para la medida legislativa en cuestión.
Ante esto, es necesario que se reconozca los impactos diferenciados que el cambio climático tiene sobre hombres y mujeres. Estas últimas son las que sufren más las afectaciones -que van más allá de ser sólo cuestiones ambientales-, pues involucran el desarrollo de su vida y su relación con sus territorios. Así lo manifiesta Mayra Macedo[2] : “Somos las más afectadas en cuanto al cambio climático en todos los sectores, de educación, de salud. Ante todos estos cambios, nuestros hijos se enferman más, se ve afectada nuestra economía. Soy de la parte amazónica y se inundan nuestras chacras, no hay producción, no hay cómo alimentar a nuestros hijos […] hoy en día hay niños con más desnutrición y más anemia”[3]. Este proceso de consulta previa, amparado por el Convenio 169 de la OIT, debería dar apertura a que se puedan recoger sus aportes para enfrentar esta crisis climática y que no sea solo un trámite que el Estado deba cumplir. Ellas juegan un rol clave en los procesos de adaptación y mitigación al cambio climático. “Sobre las propuestas de los pueblos indígenas, netamente de las mujeres, se nos debe incluir en este diálogo […] Nosotras quisiéramos una participación efectiva, es decir, con voz, con voto y toma de decisiones. Si bien es cierto, nos hacen participar, pero de nada sirven nuestros aportes porque no los toman en consideración”, señala Macedo[4] .
Las demandas de las mujeres en el proceso de Consulta.
Las demandas de las mujeres indígenas u originarias de ONAMIAP sientan sus bases en su agenda [5] y son llevadas como propuesta al debate entre miembros del Pacto de Unidad [6] para la creación de una Agenda Climática indígena en el marco del proceso, consolidándose en 11 puntos con la finalidad de contribuir a combatir el cambio climático. Cinco de los 11 puntos están estrechamente relacionados a la agenda de ONAMIAP.
Las dos primeras etapas de identificación tanto de la medida como de los pueblos indígenas u originarios a consultar fueron discutidas con el Pacto de Unidad[7] . Asimismo, se llevó a cabo reuniones preparatorias para la elaboración del Plan de consulta, en donde las organizaciones indígenas pidieron incluir 35 artículos más[8] , donde se destacaba “la importancia de la soberanía alimentaria para la resiliencia de los pueblos indígenas, la naturaleza y el clima” [9] , pues gran parte de su tiempo lo dedican a la agricultura y a crear redes de comercio para proveer de alimentos a su comunidad. En la etapa de publicidad, hubo una reunión sólo con mujeres (cuatro por organización) y un evento público con criterio paritario (cuatro mujeres y cuatro hombres por organización) [10] . En este último, el MINAM hizo entrega de la propuesta del reglamento y el Plan de Consulta y el pedido explícito de ONAMIAP en palabras de su entonces presidenta Ketty Marcelo fue “Estamos acá de buena fe, esperamos que todo marche bien y que nuestras propuestas sean escuchadas” [11].
Durante la etapa informativa, se socializaron las 11 propuestas priorizadas de la Agenda Climática Indígena. Para ONAMIAP, lo más importante fue la inclusión del enfoque de género pues permite contemplar los impactos diferenciados, asegurando la participación de las mujeres en el desarrollo de otros puntos de agenda como la Plataforma Climática Indígena, financiamiento y acceso a fondos climáticos, la Minga de las Contribuciones Nacionalmente Determinadas[12] (NDC, por sus siglas en inglés), inclusión de propuestas indígenas en la gestión climática, seguridad territorial indígena, promoción de la soberanía alimentaria y la agricultura sostenible[13] . Cabe resaltar el trabajo preparatorio realizado por ONAMIAP[14] (antes del taller del MINAM), con más de 20 mujeres indígenas representantes de las distintas comunidades nativas de Madre de Dios, sobre el proceso de consulta previa en el marco del RLMCC y la agenda climática impulsada por las organizaciones.
Durante la etapa de evaluación interna, ONAMIAP trabajó sus propuestas con la AIDESEP, presentando sus principales aportes al reglamento. Paralelamente, las otras cinco organizaciones presentaron sus propuestas al MINAM. Esta forma de trabajo se generó debido a la intervención del Ministerio al tener reuniones por separado con las organizaciones, no respetando el carácter interno de la etapa.
En la etapa de diálogo intercultural, ONAMIAP y AIDESEP presentaron el acta de consulta en donde detallaron sus propuestas y demandas y en la segunda sesión participaron representantes de las entidades estatales[15] y las siete organizaciones indígenas, donde se abordaron temas de tierras y territorios comunales, salvaguardas, soberanía y seguridad alimentaria, ambición NDC, financiamiento, acceso a fondos climáticos nacionales e internacionales, papel del sector Economía y Finanzas, propuestas y participación de los Pueblos Indígenas, instrumentos de gestión integral frente al Cambio Climático, género y educación ambiental[16].
En la etapa final de decisión se establecieron 152 acuerdos, en su mayoría parciales, motivo por el cual, según las bases en cuestión, tanto AIDESEP como ONAMIAP tuvieron que exigir constantemente que sus propuestas sean tomadas en cuenta en el Reglamento. Lo que no se logró en este punto fue integrar a las organizaciones indígenas en la toma de decisiones en torno a la ambición NDC y la Comisión de Alto Nivel sobre Cambio Climático (CANCC), conformada por hombres. Una vez más, se insistió en los enfoques de igualdad de género y se dio relevancia a la pertinencia cultural en la planificación y educación climática[17].
Reflexiones finales.
Es necesario resaltar que este proceso nace por la exigencia de las organizaciones indígenas nacionales de ser incluidas en la construcción del reglamento de ley, por ser los directamente afectados y afectadas por la normativa propuesta. De igual forma, ha sido importante para la participación de las mujeres indígenas a través de sus organizaciones representativas, logrando incidir de dos maneras: a nivel estatal y dentro del grupo de organizaciones del Pacto de Unidad que participan en la medida, a fin de incorporar sus demandas en el bloque de propuestas, poniendo en agenda los impactos diferenciados que sufren en su vida diaria, así como la importancia de su acceso a la tierra y el territorio para poder enfrentar la crisis climática. Esto es particularmente relevante dado que uno de los aspectos sobre los que las organizaciones de mujeres hacen hincapié es en el enfoque de género, que no existe como tal en Ley Marco de Cambio Climático (sólo se encuentra una parte que menciona igualdad entre hombres y mujeres sin contemplar las afectaciones diferenciadas). Y como bien lo ha observado ONAMIAP, la consulta que se hace es al reglamento y no a la ley, a pesar de que el Convenio 169 de la OIT y la Ley de Consulta Previa señalan que “los pueblos indígenas u originarios deben ser consultados de forma previa sobre las medidas legislativas o administrativas”.
Asimismo, una deficiencia de esta y otras consultas es que no tienen el carácter de consentimiento porque es el Estado el único que decide sobre la medida, a pesar de existir un diálogo con los pueblos indígenas.
Por otra parte, sin desmerecer los esfuerzos del MINAM por fortalecer su participación, resalta la persistente labor de incidencia de las mujeres indígenas tanto en los espacios de decisión, como en otros que permiten comunicar y visibilizar la agenda política que tienen frente al cambio climático. Este proceso de consulta ha dejado sobre la mesa, más allá de los derechos colectivos, la relevancia de la complementariedad de los derechos individuales de las mujeres para asegurar su participación efectiva a través del entendimiento de sus particularidades en este contexto de cambio global. En este sentido, han incidido en asegurar soberanía alimentaria, lo que trae consigo la promoción de la autonomía de los pueblos, valorar los saberes ancestrales de las mujeres sobre la tierra y su relación con la naturaleza.
Cabe señalar que una de las dificultades que encontramos durante todo el proceso es la falta de asesoría técnica y legal a las organizaciones nacionales, que responde quizá a la cantidad de actividades, lugares y tiempos, y que se podrían consensuar mejor y cubrirse en su totalidad para que las mujeres logren apropiarse de manera integral de los contenidos y a partir de ahí, generen sus demandas.
Esta experiencia no solo ha permitido logros relevantes frente a la agenda climática indígena, sino evidenciar lo fundamental del enfoque de género en procesos de consulta previa para garantizar derechos de las mujeres indígenas. Esta es pertinente en cada etapa, no es suficiente hacer incidencia sólo en algunas de estas, se debe lograr su transversalidad con estrategias, mecanismos y metodologías adecuadas. Este es aún un reto para el Estado, pero los logros alcanzados nos hacen creer que vamos camino a ello.
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1.- MINAM (2016). Plan de Acción en Género y Cambio Climático (PAGCC), Lima, Perú. Disponible aquí
2.- Mayra Macedo es delegada de ONAMIAP del Alto Amazonas en el proceso de construcción del reglamento.
3.- Del Microprograma en línea “Mujeres indígenas, defensoras de nuestros territorios”, producido por ONAMIAP. Tema: Cambio climático y pueblos indígenas, disponible aquí.
4.- Íbid.
5.- Más información aquí.
6.- El Pacto de Unidad está conformado por 8 organizaciones indígenas nacionales representativas, pero las que suscriben la Agenda Climática Indígena son solo 7: la Organización Nacional de Mujeres Indígenas Andinas y Amazónicas del Perú (ONAMIAP), la Confederación Nacional Agraria (CNA), la Confederación Campesina del Perú (CCP), la Federación Nacional de Mujeres Campesinas, Artesanas, Indígenas, Nativas y Asalariadas del Perú (FENMUCARINAP) y la Unión Nacional de Comunidades Aymaras (UNCA), la Confederación de Nacionalidad Amazónicas del Perú (CONAP) y (AIDESEP).
7.- MINAM excluye a CUNARC-P del proceso de consulta por no integrar el Grupo de Trabajo de organizaciones indígenas nacionales conformado por el MINCUL.
8.- En primera instancia, el MINAM propuso que 24 artículos del RLMCC sean consultados, los 35 propuestos fueron presentaron junto con sus observaciones en una carta al MINAM.
9.- Tomado del Plan de Consulta del RLMCC.
10.- Estipulado en el Plan de Consulta del RLMCC.
11.- Disponible en la nota dedicada a este evento en la página web de la ONAMIAP.
12.- Las NDC contemplan medidas de adaptación y mitigación en varios sectores como por ejemplo la conservación de bosques, la apuesta por energías renovables, una mejor gestión de la tierra, entre otras.
13.- Uno de los 14 talleres realizados fue dirigido a mujeres indígenas (50 participantes), de todos el 60% del total de participantes fueron mujeres.
14.- Este taller se realizó antes del consensuado el 28 y 29 de marzo en Puerto Maldonado, mencionado en el Plan de Consulta.
15.- Participaron: representantes de la Presidencia del Consejo de Ministros, Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, Ministerio de Agricultura y Riego, Ministerio de Educación, Ministerio de Economía y Finanzas, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio de Cultura y Defensoría del Pueblo.
16.- Tomado de la nota hecha por AIDESEP en su portal web.
17.- Al cierre de este artículo, quedan pendientes la promulgación del Reglamento, su revisión y el decreto.