La publicación "Sin Derechos no hay consulta", escrita por Mario Zúñiga Lossio y Tami Okamoto, nos da una mirada general del contexto en el que se suscribe el proceso de consulta en el lote petrolero 192 (el cual incluye aspectos histórico-geográficos referentes a la expansión de la frontera extractiva en la Amazonía regional norte y los pueblos indígenas), y del momento previo a la consulta, que tienen como consecuencia tanto la construcción de mesas de diálogo entre el Estado y los pueblos indígenas como las reuniones preparatorias para dicha consulta, donde las poblaciones indígenas establecieron una serie de condiciones mínimas que generaron un punto de inflexión-reinvención del derecho a la consulta para las actividades en este lote, engranando la memoria de impactos con el mismo proceso de consulta.
Expone los instrumentos legales, tanto internacionales como nacionales, pertinentes al derecho de consulta de los pueblos indígenas, así como el actual marco procedimental de la consulta en el subsector de hidrocarburos en el Perú, cuestionando su exclusión de una serie de procedimientos para el otorgamiento de derechos a empresas en actividades de exploración y explotación. Además, se detalla las etapas del proceso de consulta aplicadas a la experiencia del lote 192 durante el 2015, que incluye una etapa previa de reuniones preparatorias en la que se consensuó el plan de consulta de dicho lote entre el Estado y las organizaciones indígenas, resaltando las particularidades en las decisiones tomadas durante su desarrollo, la forma en que el Estado resolvió de manera unilateral dar término a la misma durante la etapa de diálogo, y las consecuentes movilizaciones desatadas en los territorios indígenas de las Cuatro Cuencas, las que dieron paso a aquello que llamamos la “Consulta indígena”.
De esta manera, la obra delinea una serie de límites y logros de la consulta en el lote 192 a la luz de once estándares existentes a nivel internacional, que en el Perú se aplican deficientemente (o no se aplican del todo). Se plantea algunas conclusiones que enfatizan la necesidad de mirar el contexto en el que se sitúa el derecho a la consulta (más allá de la prescripción unidimensional del derecho), las deficiencias e incumplimiento de estándares actualmente en el Perú, los logros y fortalezas del proceso en el lote 192 y los asuntos pendientes en este ámbito. Finalmente, se incluye un epílogo realizado en colaboración con Frederica Barclay y Yaizha Campanario, con alcances hacia el nuevo proceso de consulta en el lote 192, a llevarse a cabo en el 2019, para un contrato de exploración y explotación por al menos treinta años más. El proceso de consulta previa sigue en formación y disputa, dando apertura a otros procesos en los que siempre será necesaria una reinvención constante de los pueblos.
Crédito de imagen: PUINAMUDT